Todos somos conscientes de la importancia de proteger nuestras propiedades (casa, vehículo, etc) de posibles riesgos, imprevistos, accidentes o catástrofes, y por supuesto, nuestro bien más preciado, nuestra vida y la de nuestras familias. Para ello, contratamos seguros de vida, de accidentes, médicos, e incluso aumentamos las coberturas de los mismos, aunque no sean obligatorias, para que en el hipotético caso de que surja algún problema, estemos sobradamente protegidos toda la familia.
Todo esto es perfecto porque aumenta nuestra tranquilidad y seguridad y en consecuencia, nuestra calidad de vida. Pero, ¿qué ocurre cuando hablamos de nuestros activos intangibles de nuestra empresa?
Ocurre que como es algo inmaterial, que no podemos tocar, se nos olvida en muchas ocasiones que son susceptibles de protección. Cuando trabajamos en nuestra actividad diaria, ofreciendo nuestros productos y/o servicios, intentando dar lo mejor de nosotros mismos, consiguiendo una buena reputación, dando un valor añadido a nuestro trabajo, fidelizando a nuestros clientes con nuestro buen hacer y ofreciendo calidad en nuestra actividad… no nos formulamos las siguientes preguntas: ¿El esfuerzo de nuestro trabajo, no debe ser protegido? ¿No sería fundamental proteger nuestra marca?
Y aquí entramos en uno de los activos intangibles más interesantes, la marca de nuestra empresa, aunque hay muchos más que en entregas posteriores iremos desglosando, como las patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, etc,... tan imprescindibles para su protección por parte de las empresas.
Virginia Cuéllar, especialista en Propiedad Intelectual e Industrial.
El valor de los intangibles y los beneficios que conlleva su protección están notoriamente demostrados. En un mercado tan global y tecnológico como el actual, se hace indispensable su protección, y en el caso concreto que nos ocupa, la marca, signo distintivo por excelencia, nos diferenciará de nuestros competidores en ese mercado plural.
La protección de una marca nos otorga un verdadero “título de propiedad” durante un periodo de 10 años, prorrogables de forma indefinida, y su coste a nivel nacional, está asimilado a cualquier otro seguro que contratemos por otras contingencias. Sus beneficios son muy interesantes y los podemos resumir en los siguientes:
Por todo ello, las empresas deberían empezar a concienciarse del enorme potencial que tiene la protección de sus activos intangibles, que bien gestionados, posiblemente llegarán a ser sus mayores activos financieros.
Autor: Virginia Cuéllar, especialista en Propiedad Intelectual e Industrial y Protección de Datos.
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